Un mundo de desigualdades
Las desigualdades entre las sociedades, y también dentro de ellas, crecen desde hace más de un cuarto de siglo. El «abismo de desigualdad» entre las sociedades más ricas y las empobrecidas ha crecido en los dos últimos siglos de una relación 1 a 3 hasta una relación 1 a 80, siendo «1» el valor correspondiente a las sociedades empobrecidas[1]. La creciente disparidad de renta es otra y diferente «gran divergencia»[2] de la más reciente modernidad (1990-2025). Dentro de cada sociedad el llamado «coeficiente Gini» – concepto introducido en 1912 por el demógrafo italiano Corrado Gini (1884-1965) –, mide la desigualdad en el acceso a la renta, equivaliendo 0 a una teórica igualdad absoluta y 100 a la máxima desigualdad. Como muestra, indicamos que para 2024 el índice fue de 32,2 en Italia, 31,2 en España, 30,0 en Francia, 29,4 en Alemania y 29,6 en la Unión Europea (30,1 en 2023)[3].
La Ley fundamental de Bonn (Grundgesetz) de 1949 se comprometió a remover los obstáculos de orden económico y social que limitaban la igualdad entre los ciudadanos, impedían el pleno desarrollo de la persona humana y la efectiva participación de todos los trabajadores en la organización política, económica y social del país. Oswald von Nell-Breuning (1890-1991), el académico jesuita que recordamos en este artículo por su importancia en el ámbito de la doctrina social de la Iglesia, no actuó en el ámbito mundial, sino en la construcción de un modelo económico para la tri-zona configurada después de la segunda guerra mundial por Estados Unidos, Reino Unido y Francia en la parte occidental de Alemania. En su reflexión ha buscado un modelo para la reducción de las desigualdades económicas y sociales. Aunque en el año 1948 se hubiese alcanzado el pleno empleo en la tri-zona, aquella sociedad seguía siendo muy desigualitaria, pues renta, suelo y capital, las tres formas de acceso a la propiedad, estaban concentradas en pocas manos. Grandes capas de la sociedad eran ajenas a la institución de la propiedad; además, el triunfo de las ideas comunistas en la Unión soviética ponía en peligro la paz social.
Ante esta situación y ante la propuesta comunista de colectivización de la propiedad privada de los bienes de producción según la doctrina de la lucha de clases, Nell-Breuning propuso un modelo en el horizonte del solidarismo que partía de una concepción iusnaturalista de la propiedad privada como institución ordenadora de la sociedad dotada de una esencial función social. Uno de los modos de acceso a la propiedad era principalmente el trabajo. Un sistema en el que sólo el factor capital diese acceso de forma exclusiva a los frutos del trabajo no era justo. Nell-Breuning analizó la situación y propuso una solución – diferente a la marxista – consistente en la participación de los trabajadores en los beneficios empresariales con el fin de generar capacidad de ahorro e invertir dicho ahorro en la propiedad de la empresa, pasando así los trabajadores a ser al mismo tiempo co-propietarios.
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Vida y marco histórico del pensamiento de Nell-Breuning
Oswald von Nell-Breuning fue uno de los pensadores que, en Alemania, contribuyó a la elaboración del «orden económico de mercado» (Marktliche Wirtschaftsordnung)[4]. Él representa una contribución mayor a la justicia social y a los derechos de los trabajadores en el periodo entre 1948 y 1965, la etapa constituyente de la República Federal Alemana. Con su propuesta de «propiedad como un derecho de todos», o lo que el pensamiento social cristiano denomina «destino universal de los bienes»[5], Nell-Breuning contribuyó decisivamente a la renovación conceptual de éste. Su vida fue similar a la de cualquier profesor universitario, alemán y jesuita, dedicado a la publicación de artículos, libros y otros estudios y a la docencia de Ética social cristiana en la Facultad de Teología de Frankfurt[6]. Sólo entre 1948 y 1965 fue más intensa su participación en la vida pública.
Nacido en Tréveris (Renania-Palatinado) en 1890, Oswald Nell fue el primogénito de Arthur von Nell y de Bernharda K. H., nacida von Breuning. El catolicismo y la «inquietud intelectual» de su madre estuvieron muy presentes en él. A sus once años asistió al Friedrich-Wilhelm-Gymnasium y tras su examen de madurez, estudió Física y Matemáticas y empezó a interesarse profundamente por las ciencias económicas y sociales. En 1910 – año en que unió el apellido materno al paterno, siendo conocido a partir de entonces como Nell-Breuning – comenzó los estudios de Filosofía y Teología en Innsbruck. Con 21 años entró en el noviciado jesuita Bonifatiushaus de ‘s-Heerenberg, continuando más adelante sus estudios en Valkenburg, ciudades ambas en los Países Bajos, donde estaban las casas de formación de los jesuitas alemanes. Después de su servicio en el ejército como sanitario, entre 1916 y 1919 hizo el tiempo de «magisterio»[7] en el internado Stella Matutina de Feldkirch (Vorarlberg, Austria), tras el cual continuó los estudios teológicos en Innsbruck donde fue ordenado sacerdote en 1922.
Desde 1923 formó parte de un grupo de debate y discusión de pensamiento social cristiano en Düsseldorf, impartiendo seminarios en unas cien ciudades y dando a conocer la labor de la Compañía de Jesús en Alemania, tras cuarenta y cinco años de prohibición de los jesuitas durante la Kulturkampf («guerra cultural»). Más adelante fue enviado a Berlín para una estancia formativa junto al reconocido jesuita Heinrich Pesch, el autor de Liberalismus, Sozialismus und christliche Gesellschaftsordnung («Liberalismo, Socialismo y orden social cristiano»), y se doctoró en Münster en 1928 con la tesis Grundzüge de Börsenmoral («Principios de la moral de la bolsa»), dirigida por Joseph Mausbach. El mismo año comenzó a impartir Ética, Teología moral, Derecho confesional y Ciencias sociales – éstas últimas con el jesuita Gustav Gundlach – en la Facultad de Teología Sankt Georgen de Frankfurt, donde fue profesor de Pensamiento social cristiano durante más de cuarenta años.
Tras una grave crisis económica mundial – hiperinflación de los años 1920, aumento alarmante del desempleo, derrumbe de la bolsa de Nueva York en 1929 –, Pío XI escribió una encíclica, Quadragesimo anno, a 40 años de la Rerum novarum, para la que contó con la colaboración de Franz Hürth y sobre todo de Gustav Gundlach, ya entonces profesor en la Pontificia Universidad Gregoriana, en Roma, y de Nell-Breuning. Si en 1891 Rerum novarum subrayaba los derechos de los propietarios, el texto de Pío XI puso el acento en el carácter social de la propiedad, desconfiando del mercado como único medio regulador de las desigualdades generadas por el capitalismo[8]. Un año antes, el director general de la Volksvereins für das katholische Deutschlands («Unión popular para la Alemania católica») había creado el Círculo de Königswinter, del que formó parte Nell-Breuning, para la reflexión de investigadores católicos sobre cuestiones sociales y económicas. En eses años, algunos filósofos tomistas como Jacques Maritain se refirieron críticamente a la propiedad capitalista como una concepción burguesa[9].
A Nell-Breuning le fue prohibido publicar entre 1936 y el final del régimen nazista en 1945. Luego, entre 1947 y 1950, se dedicó al Wörterbuch der Politik («Diccionario de Política»), dando desde 1948 clases de Ética económica y social en la Universidad de Frankfurt, al tiempo que formaba parte del Consejo científico asesor del Ministerio federal de economía (1948-1965), descrito por él como como un «seminario de profesores abierto», donde coincidió con grandes economistas como W. Eucken, L. Erhard, A. Lampe, G. Weisser o A. Müller-Armack. A lo largo de diecisiete años formó parte de ese Consejo y participó en discusiones sobre la creación de riqueza, la política energética y salarial, la coyuntura política y social, la convertibilidad del marco, la posible privatización de hospitales y colegios, el fomento de la creación de capital productivo o la legislación de los cárteles. El tema que más le ocupó en aquel tiempo fue el de la distribución de la riqueza. Su presencia en este Consejo conllevó un verdadero influjo del pensamiento social cristiano en las políticas económicas.
En 1949 Nell-Breuning comenzó la docencia en los secretariados de las fuerzas sindicales y más tarde asesoró a la Federación alemana de sindicatos (Deutscher Gewerkschaftsbund). Desde 1950, presidió el Consejo asesor del Ministerio para el urbanismo y la vivienda y entre 1953 y 1955 ejerció de asesor de la Federación central de las cooperativas de consumo alemanas. En 1955 publicó Eigentumsbildung in Arbeiterhand («La formación de la propiedad en manos de los trabajadores») y entre 1957 y 1960 los tres tomos de Wirtschaft und Gesellschaft heute («Economía y sociedad hoy»). Nell-Breuning abogó por un modelo de consenso, contrario a la radicalización, y consiguió que los sindicatos alemanes abandonaran las tesis marxistas.
En 1959 intervino en el programa de la socialdemocracia alemana. Por ello dijo que su influjo en el conocido como «Programa de Godesberg» se había limitado al apartado de la política social. Entre 1959 y 1965 fue asesor de la Mitbestimmung Stiftung («Fundación para la cogestión») dependiente de la Federación alemana de sindicatos. En 1974 y 1975 participó como asesor en el Sínodo general de los obispos alemanes en un proyecto de declaración sobre «Iglesia y clase trabajadora»[10].
La propiedad como derecho universal según Nell-Breuning
Nell-Breuning partía de una concepción de la propiedad como un derecho natural humano que debe organizarse de modo de que todo el mundo tenga acceso a ella para desarrollarse tanto individual como socialmente. Además, la propiedad privada, entendida desde la concepción del pensamiento social cristiano, tiene siempre una función social.
La principal forma de acceso a la propiedad es el trabajo. A partir de esta afirmación, Nell-Breuning criticó una relación «salario-trabajo» que no respondiera a la lógica del lema fructus sequitur laborem sicut effectus causam («un fruto sigue al trabajo como un efecto a su causa»). De hecho, a partir de la relación «salario-trabajo», los trabajadores no tienen acceso a la propiedad de los bienes que producen ni a los beneficios de la creación de riqueza, sino que son los propietarios de los medios de producción los que detienen el derecho de propiedad al acumular la propiedad de los bienes de producción. En este modo ejercen más poder sobre la parte de la sociedad que se ve obligada a «vender» su trabajo para sobrevivir. Por otra parte, la fuente de creación de riqueza, los beneficios empresariales, se concentra en pocas manos, pervirtiéndose así el concepto de propiedad y poniendo en peligro la justicia social y la libertad de la sociedad.
Hacer también partícipe de la propiedad de los medios de producción a trabajadores está en el centro del pensamiento de Nell-Breuning; no a través de la expropiación, la cual sería una violación del derecho a la propiedad, sino a través de la inversión de los ahorros de los propios trabajadores en la empresa, pasando así éstos a ser partícipes de los medios de producción con acceso a los beneficios empresariales. Esto posibilita el acceso a la renta a través no sólo del trabajo, sino también del capital, haciendo comunes los beneficios de la propiedad, y del capitalismo, a todos los que participan de él.
En el origen del sistema de economía social de mercado la aportación de Nell-Breuning a la justicia social y a los derechos de los trabajadores fue esencial. Los efectos de ese modelo se tradujeron progresivamente en sus propuestas más innovadoras: Mitbestimmung («cogestión») para la toma de decisiones en la empresa, e Investivlohn («salario-inversión») para la coparticipación de los trabajadores en los beneficios empresariales.
Uno de los problemas más graves entonces en la República Federal de Alemania era la concentración de la renta y la propiedad de los medios de producción. En 1960, el 1,7% de la población con más renta era propietaria del 11% de las explotaciones agrarias, del 16% de los bienes inmuebles, del 20% del capital monetario y del 70% de las empresas comerciales e industriales, tanto de los activos de explotación como de la participación accionarial. El aumento de la concentración de la propiedad de los medios de producción y de las empresas en manos de un porcentaje de población tan reducido se debió principalmente a tres factores: en primer lugar, a la connivencia del gobierno con los oligopolios en sectores estratégicos, como la industria pesada y la minería, en los que no se aplicó una mayor liberalización; las privatizaciones llevadas a cabo entre 1960 y 1965 para distribuir mejor la propiedad de dichas empresas entre la población con creciente capacidad de ahorro y de inversión; en tercer lugar, las ventajas fiscales para la creación de capital que provocaron un aumento de la concentración de los medios de producción[11].
El acceso a las actas del Consejo científico asesor del Ministerio de economía nos permite un análisis más profundo de las aportaciones teórico-prácticas de Nell-Breuning. El modelo de distribución de la renta hizo avanzar de forma innovadora el principio clásico de la doctrina social de la Iglesia sobre la institución de la propiedad. El Compendio de la doctrina social de la Iglesia afirma que «el principio del destino universal de los bienes invita a cultivar una visión de la economía inspirada en valores morales que permitan tener siempre presente el origen y la finalidad de tales bienes»[12]. Nell-Breuning, como científico social y como «pensador de reflexión profunda» según la expresión acuñada por Pablo VI y por Benedicto XVI[13], construyó un modelo realista al servicio de un mundo más justo y solidario en el que la riqueza llegase a asumir una función positiva al servicio del bien común del conjunto de la sociedad.
El proceso de creación y distribución de riqueza debe estar guiado por la inventiva, por la capacidad de proyección, por el trabajo de las personas, por la participación y la cogestión en la toma de decisiones. Ese proceso debe ser un medio útil para promover el bienestar humano, de las personas y de los pueblos, así como para encontrar formas eficientes que impidan su exclusión y explotación. El modelo propuesto por Nell-Breuning partía de la concepción iusnaturalista de la propiedad privada y se basaba en la confianza en que los trabajadores pudiesen generar capacidad de ahorro y de reinversión para llegar a ser copropietarios de la empresa.
Estos mismos principios los expresó Juan XXIII en su encíclica social Mater et magistra (MM), de 1961, cuando afirmó y subrayó la necesidad de la difusión de la propiedad privada. En aquellos años se asistía a un crecimiento económico en muchas zonas del mundo que permitía una difusión de la propiedad diferente a la entonces predominante. Los sistemas económicos progresaban con rapidez, consiguiendo con eficacia creciente una mayor producción de bienes. Ciertamente, la justicia y la equidad exigían que, manteniendo a salvo el bien común, se incrementase también la retribución del trabajo, que había de «permitir a los trabajadores ahorrar con mayor facilidad y formar así un patrimonio» (MM 112).
Algunos nuevos aspectos de la economía moderna contribuían a plantear la duda acerca de la validez del principio de un derecho natural a la propiedad privada de bienes, incluidos los medios de producción. Juan XXIII reafirmó el carácter natural del derecho de propiedad, de valor permanente, por ser un derecho contenido en la misma naturaleza, que enseña la prioridad de la persona sobre la sociedad civil y la necesaria subordinación teleológica de la sociedad civil a la aquélla.
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Ciertos movimientos políticos y sociales que querían conciliar la libertad con la justicia – subrayaba Mater et magistra – rectificaron sus posiciones respecto del derecho de propiedad interpretado según su finalidad ético-social. Como había dicho Pío XII, la Iglesia «no pretende sostener pura y simplemente el actual estado de cosas, como si viera en él la expresión de la voluntad divina; ni proteger por principio al rico y al plutócrata contra el pobre e indigente. Todo lo contrario: La Iglesia mira sobre todo a lograr que la institución de la propiedad privada sea lo que debe ser»[14]. La Iglesia pretendía asegurar los derechos de la libertad para la persona y, al mismo tiempo, colaborar en el restablecimiento de un recto orden social. La Iglesia recordaba que no bastaba afirmar el derecho natural a la propiedad privada de los bienes, incluidos los de producción, si al mismo tiempo, no se procuraba con toda energía la extensión real del ejercicio efectivo de ese derecho a todas las clases sociales (cf. MM 113-114).
Mater et magistra promovía lo que Nell-Breuning había impulsado, orientado y conseguido en su actuación en Alemania: realizar una política económica y social que facilitase el acceso a la propiedad privada de los bienes de consumo duradero, de la vivienda, de la pequeña propiedad agraria, de lo necesario para la empresa artesana o la agrícola familiar y la participación en empresas grandes o medianas por medio de acciones «con pleno éxito en algunas naciones, económicamente desarrolladas y socialmente avanzadas» (MM 115). La presencia activa de los trabajadores en las grandes y medianas empresas se estableció de acuerdo con la situación de éstas, sujeta muchas veces a cambios rapidísimos. Otro objetivo fue que la participación activa de los trabajadores en las empresas tendiese hacia una auténtica comunidad humana con relaciones mutuas entre empresarios, dirigentes y trabajadores regidas por el respeto mutuo, la comprensión y la leal colaboración e interés de todos en la obra común, pues, como había dicho Pío XII: «la función económica y social que todo hombre aspira a cumplir exige que no esté sometido totalmente a una voluntad ajena al despliegue de la iniciativa individual»[15].
La empresa debía garantizar una dirección eficiente, pero no puede reducir a sus colaboradores a la condición de meros ejecutores silenciosos, ignorando o prescindiendo de su experiencia, pasivos en cuanto afecta a las decisiones que regulan su trabajo. El ejercicio creciente de esta responsabilidad era compatible con el desarrollo económico, social y político previsible. La aportación de Nell-Breuning a la justicia social y a los derechos de los trabajadores en el sistema de economía social de mercado fue decisiva, dando fundamento a cuanto recogió y afirmó la doctrina social de la Iglesia. No fue éste su mérito menor. La «coparticipación» (Mitwirkung), la «cogestión» (Mitbestimmung) y el «salario-inversión» (Investivlohn) se fueron extendiendo, y constituyeron nuevas aportaciones sobre un sistema de economía social de mercado integrador de la propiedad como principio regulador y como fundamento de un derecho humano fundamental, permanentemente historizado y eficazmente actualizado.
Esta comprensión de la propiedad como ordenador social y como fundamento de la libertad es la principal aportación de Nell-Breuning al pensamiento social cristiano, dentro de una tradición anterior en la que profundizó e innovó sobre un concepto clásico, abriéndolo a nuevas posibilidades hermenéuticas y prácticas de desarrollo. Sigue valiendo la pena destacar la aportación de Nell-Breuning en relación con el concepto de cogestión. En una sociedad democrática y pluralista, la mejor manera de que las personas y las comunidades que la configuran acuerden cambios sociales es a través de una ética dialógica. Es necesario establecer unas condiciones de simetría para poder dialogar.
Nell-Breuning no solo trabajó con la Iglesia alemana y con los sindicatos por la articulación de estos factores a través de la unión sindical, sino que dedicó su vida a generar el diálogo con otras instituciones con el fin de contribuir a lo que él entendía que debía aportar el catolicismo a la sociedad alemana. El desarrollo de la idea de cogestión paritaria, aunque limitado, alcanzó un relativo éxito a partir de la pionera Montan-Mitbestimmungsgesetz del 1951 («Ley de cogestión del sector minero-siderúrgico») y en 1976 con la Mitbestimmungsgesetz («Ley de cogestión»), leyes ambas que fueron ejemplo de responsabilidad económica.
La participación y la capacitación de todos
La «propiedad para todos» o la universalización extensiva de este derecho natural es una condición muy relevante para un auténtico ejercicio de la subsidiariedad. El Tratado de Lisboa (2007), en vigor desde 2009 en la Unión Europea, consagró el principio de subsidiariedad, que había recibido una conocida formulación en Quadragesimo anno, de Pío XI. En su redacción, como ya recordado, había participado Nell-Breuning[16], si bien ya en 1928 aparecía en Roma una séptima edición de un Saggio teoretico di diritto naturale apoggiatto sul fatto («Ensayo teórico de derecho natural basado en los hechos») de Luigi Taparelli d’Azeglio, publicado por La Civiltà Cattolica[17]. Por un lado, el sistema constitucional europeo había ido asumiendo el principio de subsidiariedad desde el Acta Única Europea (1986), que modificó sustancialmente el Tratado de Roma y preparó los cambios que trajeron los tratados de Maastricht (1992) y de Ámsterdam (1997). Por otro lado, la colaboración de Nell-Breuning en el Consejo asesor del Ministerio de economía del que fue presidente desde 1950, marcó mucho no sólo la implementación de un sistema de «economía social de mercado» en la Alemania federal, sino la recepción de los principios del pensamiento social cristiano en las estructuras sociales europeas. Todo ello, junto a otras aportaciones como la de Jacques Delors[18], se reflejó en el citado tratado europeo de Lisboa.
La economía liberal individualista, suprimiendo el carácter social y moral de la economía, estimaba que ésta debía ser considerada y tratada como algo independiente del Estado y que la libre concurrencia de competidores debía ser el único principio regulador del mercado. Para el pensamiento social cristiano, por el contrario, la libre competencia sola no puede regir la economía que debía atenerse y someterse a un verdadero y eficaz orden social y jurídico, del que la caridad social sea como el alma que impregna las instituciones públicas. Pío XI había declarado: «Sigue, no obstante, en pie y firme en la filosofía social aquel gravísimo principio inamovible e inmutable: puesto que no se puede quitar a los individuos y dar a la comunidad lo que ellos pueden realizar con su propio esfuerzo e industria, así tampoco es justo, constituyendo un grave perjuicio y perturbación del recto orden, quitar a las comunidades menores e inferiores lo que ellas pueden hacer y proporcionar y dárselo a una sociedad mayor y más elevada, ya que toda acción de la sociedad, por su propia fuerza y naturaleza, debe prestar ayuda a los miembros del cuerpo social, pero no destruirlos y absorberlos»[19].
Nell-Breuning alertó sobre la confusión entre «subsidiario» y «subsidiariedad», frecuente en el lenguaje político usual. Una cosa es la ayuda que se presta (subsidium) y otra que las realidades sociales de orden superior deban actuar «subsidiariamente» al servicio de las realidades menores, siendo aquéllas una ayuda para éstas. Una subsidiariedad bien comprendida previene contra una absorción por instancias sociales superiores de las realidades intermedias o cuerpos intermedios como la familia, las asociaciones vecinales, los ayuntamientos, las fuerzas sociales y las minorías de todo signo (étnico, orientación sexual, socio-económico y otros). Juan Pablo II en Centesimus annus (1991) insistió en este aspecto, como también el Catecismo de la Iglesia Católica (1992): «Cuando el Estado no pone su poder al servicio de los derechos de todo ciudadano, y particularmente de quien es más débil, se quebrantan los fundamentos mismos del Estado de derecho»[20].
Algún texto, como la Costituzione della Repubblica italiana de 1947, afirma que «Todos los ciudadanos tienen una dignidad social igual. Es obligación de la República remover los obstáculos de orden económico y social, que, limitando de hecho la igualdad entre los ciudadanos, impiden el pleno desarrollo de la persona humana y la efectiva participación de todos los trabajadores en la organización política, económica y social del país»[21]. Algo similar a lo declarado en la citada Ley fundamental de Bonn[22]. Por su parte, la Constitución española de 1978 afirma que «corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social»[23]. En el Tratado de Lisboa – o Tratado de la Unión Europea – se afirmó: «En virtud del principio de subsidiariedad, en los ámbitos que no sean de su competencia exclusiva, la Unión intervendrá sólo en caso de que, y en la medida en que, los objetivos de la acción pretendida no puedan ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros, ni a nivel central ni a nivel regional y local, sino que puedan alcanzarse mejor, debido a la dimensión o a los efectos de la acción pretendida, a escala de la Unión»[24].
El pensamiento de Nell-Breuning puede sintetizarse en la apuesta por capacitación de las personas y de los grupos para desarrollar su iniciativa y su autonomía, por lo que el Estado no debe suplir a las personas o a los grupos sociales de los que éstas forman parte, sino para su más plena integración social; algo parecido recogieron algunos de los citados textos constitucionales de la segunda posguerra europea.
Por un lado, hay que destacar que la subsidiaridad y la promoción de la participación en las iniciativas comunes están íntimamente relacionadas. Por otro lado, como escribió Benedicto XVI, haciendo suya una demanda formulada en Populorum progressio: «para alcanzar el desarrollo hacen falta “pensadores de reflexión profunda que busquen un humanismo nuevo, el cual permita al hombre moderno hallarse a sí mismo”»[25]. Nell-Breuning fue uno de esos pensadores, pues abrió surcos y profundizó en ellos.
En torno a 1930, la apuesta de Nell-Breuning por la subsidiariedad y el carácter social de la propiedad y, después de 1948, su aportación desde la justicia social a la configuración del sistema de economía social de mercado permitió que principios y orientaciones prácticas del pensamiento social cristiano tuviesen influjo expreso en la sociedad y en el cuerpo político como sabiduría práctica. Él fue uno de esos «pensadores de reflexión profunda» que abrieron vías para pensar las cosas nuevas de su tiempo. La propuesta de Nell-Breuning de realización universal del derecho de propiedad y de la capacitación de los sujetos personales y colectivos desde una comprensión mesurada de la subsidiariedad en el horizonte del solidarismo contribuyó esencialmente a poner los fundamentos del «sistema de economía social de mercado». Abrir nuevas vías y ahondar con rigor no es algo frecuente. Cuando entramos en contacto con esos pensadores de reflexión profunda, podemos partir de sus principios y seguir innovando hasta el fondo.
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Al Padre Fernando de la Iglesia Viguiristi S.I. (16-X-1954 – 29-X-2025), in memoriam. Cf. G. Giraud, Composer un monde en commun. Une théologie politique de l’Anthropocène, París, Seuil, 2022; G. Giraud – C. Renouard, Vingt Propositions pour réformer le capitalisme,París, Flammarion, 2009; T. Piketty, Capital et idéologie, París, Seuil, 2009; T. Piketty, Le Capital au XXIème siècle, París, Seuil, 2013. ↑
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K. Pommeranz, La grande divergenza. La Cina, l’Europa e la nascita dell’economia mondiale moderna, Bolonia, Il Mulino, 2004 (ed orig. 2000). ↑
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Cf. los datos del Banco Mundial (http://datos.bancomundial.org). Un Informe de Oxfam Intermón denuncia «las brechas salariales de las grandes empresas», las 40 mayores de España en 2024, cuya ratio actual es 1/111. ↑
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Una clara y rigurosa presentación de este sistema en Consejo de redacción, «Un sistema de Economía social de mercado para una Europa solidaria, responsable y productiva», en Revista de Fomento Social 67 (2012) 5-29. ↑
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Cf. Concilio Ecuménico Vaticano II, Gaudium et spes (1966), nn. 69-71; Pablo VI, s., Encíclica Populorum progressio (1967), n. 22; Pontificio Consejo de la Justicia y de la Paz, Compendio de doctrina social de la Iglesia, Ciudad del Vaticano, Librería Editrice Vaticana, 2005, nn. 171-184. ↑
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Sobre Nell-Breuning puede consultarse W. A. Binder Castro – J. M. Margenat Peralta, «Nell-Breuning y el sistema de Economía social de mercado», en Revista de Fomento Social 71 (2016) 455-511; Idd., «El sistema de economía social de mercado en el Pensamiento social cristiano», en Proyección 70 (2023) 143-172 y amplia, y actualizada, bibliografía, así como los estudios de A. Losinger, Gerechte Vermögensverteilung: das Modell Oswald von Nell-Breunings, Paderborn (Renania del Norte – Westfalia) 1994 y J. Sols Lucia – A. Florensa Giménez – M. Camprodón Rosanas, «Medio siglo de Economía Social de Mercado», en Revista de Fomento Social 64 (2009) 79-102. ↑
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El «magisterio» es el período de formación que los jesuitas que viene después de los estudios de Filosofía y antes de los estudios de Teología. ↑
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Cf. O. v. Nell-Breuning, «The drafting of Quadragesimo Anno», en C. Curran – R. A. McCormick, Readings in Moral Theology Nº 5: Official Catholic Social Teaching, Mahwah (Nueva Jersey), Paulist, 1986, 60-68; J. T. McGreevy, Le catholicisme, une histoire mondiale. De la Révolution française au pape François, París, Desclée de Brouwer, 2025, 276. ↑
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Cf. J. Maritain, Humanisme intégral. Problèmes temporels et spirituels d’une nouvelle chrétienté, en J. – R. Maritain, Oeuvres complétes, vol. VI, Friburgo – París, Éditions Universitaires – Saint Paul, 1986, 381-384, 398-400, 469-470, 477-478; J. Capell, «The Thomist Debate over inequality and Property Rights in Depression Era Europa», en R. Heynickx – S. Simons (dirs.), So what’s New About Scholasticism? How Neo-Thomism Helped Shape the Twentieth Century, Berlín, De Gruyter Brill, 2018, 21-38. ↑
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Entre sus escritos, recordamos: Streit um die Mitbestimmung (1968); Baugesetze der Gesellschaft (1968); Mitbestimmung – wer mit wem? (1969); Auseinandersetzung mit Karl Marx (1970); Aktuelle Fragen der Gesellschaftspolitik (1970); Kapitalismus, Kritisch betrachtet (1974); Gerechtigkeit und Freiheit. Grundzüge katholischer Soziallehre (1985); Den Kapitalismus umbiegen. Schriften zu Kirche, Wirtschaft und Gesellschaft (1990); Baugesetze der Gesellschaft. Solidarität und Subsidiarität (1990). ↑
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Cf. W. Abelshauser, Die LangenFünzigerJahre, Wirtschaft und Gesellschaft der Bundesrepublik Deutschland 1949-1966, Düsseldorf, Schwann, 1987. ↑
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Pontificio Consejo Justicia y paz, Compendio de la doctrina social de la Iglesia, Città del Vaticano, Libreria Editrice Vaticana, 2004, n. 174. ↑
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Pablo VI, s., Encíclica Populorum progressio (1967), n. 20. Benedicto XVI, Encíclica Caritas in veritate (2009), n. 19. ↑
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Pío xii, Radiomensaje en el quinto aniversario del inicio de la guerra, 1 de septiembre de 1944, en AAS 36 (1944) 253. ↑
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Id., Discorso ai partecipanti alla III Conferenza europea dei Servizi di vigilanza e delle Assicurazioni private, 8 de octubre de 1956, en AAS 48 (1956) 799 s. ↑
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Cf. O. von Nell-Breuning, Soziale Sicherheit? Zu Grundfragen der Sozialordnung aus christlicher Verantwortung, Freiburg im Breisgau, Herder, 1979, 176-196. ↑
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La primera edición de Palermo 1840.
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Cf. J. M. Margenat, «Jacques Delors: sussidiarietà e “leadership” europea», en Civ. Catt. 2024 I 576-590.
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Pio XI, Encíclica Quadragesimo anno (1931), n. 79. ↑
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Catecismo de la Iglesia Católica (1992), n. 2273. ↑
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Costituzione della Repubblica italiana, art. 3. ↑
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Cf. Ley Fundamental de Bonn, art. 2.1; 3.3; 14.2; 23.1; 23.1. ↑
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Constitución española, art. 9.2. ↑
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Tratado de la Unión Europea, art. 5, § 3 yProtocolo n. 2. ↑
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Benedicto XVI, Encíclica Caritas in veritate (2009), n. 19. ↑
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